Los comercios de venta al por menor han demostrado ser los negocios más vulnerables ante robos y hurtos. 

Antes de nada, exponemos algunos datos relevantes relativos a los hurtos en comercios. Estos datos respaldan la necesidad de proteger con especial cuidado los comercios de venta al por menor, especialmente las tiendas de ropa y las joyerías por ser los comercios más afectados en España.

Los hurtos suponen la sustracción de bienes sin el uso de violencia o intimidación y sus consecuencias son menores a los casos de robo, donde se implica que ha habido algún tipo de violencia o coacción durante el atraco.

Según datos del Barómetro Mundial del Hurto en la Distribución, España es el tercer país que más dinero pierde por hurtos en Europa y ocupa el sexto puesto a nivel mundial por detrás de: México, Holanda, Finlandia, Japón y China.

Las pérdidas de un comercio se contabilizan de la siguiente manera (los porcentajes que se citan hacen referencia a los datos del Barómetro Mundial del Hurto en la Distribución de los años 2014 y 2015):

  • Hurto interno y externo: El hurto interno se refiere al que cometen los propios trabajadores y empleados y por hurto externo se entiende el hurto que realiza cualquier cliente o persona externa al comercio. Aquí cabe destacar que, al contrario que en la mayoría de países, España tiene un porcentaje de robos externos (52%) mucho mayor que los internos (18%).
  • Errores administrativos: Este tipo de pérdida supone a los comercios alrededor del 25% de las pérdidas del total de su facturación.
  • Fraude por parte de los proveedores: Resulta llamativo que el porcentaje en este apartado cayera del 20% al 5% de un año a otro. Esto se debió a la mejora de las medidas para evitar este tipo de fraude. Algunas de las medidas son el uso de furgonetas de transporte sellado, uso de sistemas de alarma, uso de cámaras de vigilancia, etc.

Ante los altos porcentajes de hurtos, España es el país que más dinero invierte en la prevención de delitos de este tipo. Si se contabiliza el gasto en prevención junto con los costes que suponen los hurtos, la suma supone más de 4.000 millones de euros al año, lo que se traduce en un 2,21% del total de la facturación de la venta al por menor.

Teniendo en cuenta estas cifras, se pueden perfilar cuáles son las normas mínimas de seguridad que tiene que tener un comercio para reducir este tipo de crímenes.

Cuáles son las medidas de seguridad en un establecimiento comercial

Evitar los robos en comercio, especialmente los comercios de venta al por menor, es muy necesario en España. Las medidas de seguridad para evitar robos en comercios no siempre podrán ser las mismas y, por lo tanto, es importante que las medidas de seguridad se adapten perfectamente al tipo de comercio y a las características de cada local.

Para conseguir determinar las medidas de seguridad que necesita un comercio, será necesario llevar a cabo un estudio de seguridad que tenga en cuenta todas las características y cualidades del local, así como de las mercancías y los productos que se venden.

Las medidas de seguridad para evitar el robo en un comercio tendrán que aplicarse tanto en el interior del local como en las zonas perimetrales y los accesos principales.

También será necesario estudiar estratégicamente cuáles son las zonas más vulnerables y sensibles a hurtos y robos, así como determinar qué medidas son necesarias y qué medidas son aconsejables o accesorias.

Por último, será necesario tener bien delimitada la zona de acceso al público y venta y la zona privada, destinada solo a trabajadores, empleados y propietarios.

Será necesario que se compruebe periódicamente si las medidas de seguridad que se han tomado funcionan o si es necesario un reajuste que garantice su buen funcionamiento.

Otra ventaja de tomar medidas de seguridad para evitar el robo en comercios es que el mero hecho de contar con ellas, sirve de método disuasorio y desanima a los ladrones a robar. De aquí la necesidad de mostrar claramente con carteles y letreros que se cuenta con sistemas de seguridad.

Cuáles son las medidas de seguridad de los productos

Los comercios también tienen que proteger los productos y las mercancías que venden de los clientes y de los propios empleados para evitar hurtos. Las medidas que existen son muchas, pero en primer lugar proponemos una serie de consejos para proteger los productos de un comercio que resultan bastante fáciles de llevar a cabo:

  • Identificar los métodos de robo: Tanto los más frecuentes como los clientes que entran con un casco de moto o los clientes que controlan todos los movimientos de los dependientes, como los menos frecuentes como, por ejemplo, los clientes que cogen productos sin prestarles atención o que se pasean sin prestar atención a los productos, etc.
  • Entrenar a los empleados: Conviene transmitir a los trabajadores y empleados lo que se conoce sobre técnicas y métodos de hurto, de manera que aprendan a identificar rápidamente estas prácticas y puedan detener a los ladrones antes de que cometan el delito.
  • Tener a algún trabajador caminando constantemente por la tienda: Los dependientes que se pasean por las tiendas restan mucha capacidad de actuación a ladrones, que no podrán sentirse seguros para guardar ningún objeto. En el caso de las tiendas de ropa, los comercios más afectados por el hurto, conviene restringir el número de prendas en probadores para un mejor control.
  • Hacer una buena distribución del local y sus mercancías: Es conveniente organizar la tienda de manera que se pueda ver toda la sala desde cualquier punto, lo que facilita el control y dificulta el hurto. Además, es recomendable no poner muchos objetos de valor en un mismo lugar y que han de mantenerse en un lugar de difícil acceso para el público y nunca cerca de la puerta o accesos principales.

Estos consejos son imprescindibles para que un local o comercio cuente con unos mínimos de seguridad y se puedan evitar robos en un comercio, pero, en muchas ocasiones, no son suficientes y conviene tomar medidas más estrictas que supongan una barrera real ante robos y hurtos. A continuación compartimos las medidas más eficaces para proteger los productos de los comercios.

  • Instalar un sistema de alarma:
  • Cámaras de vigilancia: La videovigilancia es el mejor método antirrobo. Las imágenes tendrán que guardarse en un lugar seguro, ya sea en internet o en un disco duro bien escondido.
  • Alarmas para prendas: Estas alarma solo pueden quitarse con imanes muy potentes o rompiendo la prenda. Cuando las prendas son de mucho valor, la alarma tiene integrado una cápsula de tinta que se romperá si se intenta manipular la alarma.
  • Carcasas de seguridad: Para objetos pequeños y fáciles de esconder. Permiten ver bien el contenido sin tener acceso a él. Además, estas carcasas vienen con alarmas integradas que harán saltar el detector de la puerta.
  • Detectores de bolsas forradas de aluminio: Actualmente está de moda el uso de bolsas metálicas que evitan que las alarmas antirrobo suenen al pasar por los detectores. Contar con sistemas que detecten estos objetos puede reducir el número de hurtos considerablemente.
  • Candado blíster: Estos candados sirven para evitar poder sacar de expositores objetos pequeños como pulseras o pendientes, que son objetos muy fáciles de esconder y que no suelen contar con alarma.
  • Vitrinas cerradas con llave: Los objetos de más valor deberían estar colocados en vitrinas de cristal cerradas con llave, de manera que los clientes puedan verlo sin problemas, pero no tengan acceso a ellos.

Cuáles son las medidas de seguridad de la actividad comercial

Aparte de tomar medidas de seguridad para evitar el robo en comercios, existen una serie de prácticas o consejos que todo

  • Prestar especial atención cuando en el comercio entren grupos numerosos.
  • Tener cuidado con las personas que entran con la cara cubierta y presentan un aspecto sospechoso.
  • Aumentar la seguridad cuando el comercio está lleno.
  • No acumular mucho dinero en la caja registradora.
  • Prestar especial atención al retirar el dinero de la caja y nunca hacerlo en solitario.
  • Mantener bien iluminados los accesos y zonas vulnerables.

Cuáles son las medidas de seguridad de la gestión y fondos de pagos

  • Tarjetas de crédito y débito: Las tarjetas son de uso personal y no pueden usarse por otras personas. Es importante en los comercios asegurarse de que la tarjeta pertenece a la persona que la está usando. Algunas pistas que indican que no es así es, por ejemplo, que la persona intente ocultar su rostro por miedo a ser captado por alguna cámara de seguridad. Otro ejemplo son las compras muy abundantes de productos de mucho valor. Para evitar este tipo de estafa, será necesario pedir el DNI o cualquier tipo de identificación al cliente.
  • Billetes: La falsificación de billetes está a la orden del día y las técnicas son cada vez mejores y más difíciles de identificar. En caso de duda, es conveniente hacer una comprobación manual: comprobar la banda magnética, el tacto, grosor, etc. del billete y usar algún tipo de máquina que sirva para identificar billetes falsos. Como anécdota, los billetes más falsificados son los de 50€.
  • Ingreso en efectivo en el banco o caja: Cuando desde un comercio se lleve dinero a una entidad bancaria, conviene tomar una serie de medidas de seguridad para evitar atracos. Es recomendable que evites llevar mucho dinero de una vez, procura ir al banco o entidad más cercana, no realices los ingresos siempre los mismos días y a las mismas horas y mantente alerta mientras vas de camino al banco.

Cuáles son las formas delictivas más comunes

Las faltas más comunes son los delitos leves de hurto, que suponen la sustracción de productos de un valor inferior a 400€. Con la modificación del Código Penal, estas faltas ahora conllevan una serie de antecedentes penales.

Para este tipo de delitos, las formas más comunes de extracción son:

  • Cambiando el etiquetado del producto.
  • Quitando la alarma antihurto de la ropa.
  • Poniéndose el producto.
  • Consumiendo el producto y guardando los envoltorios.

Actuación ante los hechos delictivos

Es importante saber actuar ante una situación de hurto o robo en un comercio. El primer impulso que se debe tener ante un hurto, intento de hurto o sospecha es avisar a los servicios de seguridad, aunque el hurto no se haya producido todavía. Existen varios números a disposición de propietarios y empleados para avisar a las autoridades. Entre ellos, destacamos el número de emergencia, el 112; el número de la policía, el 091 y el número de la guardia civil, el 062.

Otras medidas a tener en cuenta ante el hurto o intento de hurto son las siguientes:

  • Si sospechas de alguien y vas a tomar medidas de seguridad como, por ejemplo, cerrar la puerta, hazlo disimuladamente.
  • Si sorprendes a alguien robando, evita ante todo un enfrentamiento directo con esta persona.
  • Recopilar las características físicas y de vestimenta del delincuente puede ser de gran ayuda para la policía a la hora de buscar al ladrón.
  • Muestra claramente un cartel en el que avises que a cualquier persona se le podrá pedir que abra el bolso para un control.
  • No dejes tus propios objetos personales a la vista.

Si llegas al comercio y descubres que el delito se ha cometido mientras estaba cerrado, te recomendamos que sigas los siguientes consejos:

  • No toques ningún objeto que haya podido tocar el ladrón o ladrones.
  • Identifica si ha habido o ha podido haber algún testigo.
  • Si se han llevado teléfonos móviles, facilita a la policía los números, modelos y marcas de los teléfonos.
  • Si tienes cámaras de vigilancia, comprueba que han grabado la escena.

Desde el punto de vista legal y judicial, la actuación ante hechos delictivo se explica en los artículos 234 y 235 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que se encargan de exponer las sanciones a las que se enfrenta cualquier persona que lleve a cabo un delito leve de hurto. Esta ley se modificó en 2015 y se hizo más estricta, ya que anteriormente, este tipo de delito se consideraba solo una falta y no conllevaba ningún antecedente penal.

El artículo 234 considera que la sustracción de un objeto de un valor mayor a 400€ con ánimo de lucro y sin consentimiento de su propietario supone una pena de seis a dieciocho meses de cárcel. Si el valor de lo sustraído no supera los 400€, la pena se reduce a una multa de uno a tres meses, a no ser que se cumpla alguna de las circunstancias que se enumeran en el artículo 235.

El artículo 236 explica los castigos para casos en los que, aunque se tenga el consentimiento del dueño, la sustracción conlleve algún tipo de perjuicio al propietario legítimo o a un tercero. En este caso, la pena será una multa de tres a doce meses. En el caso de que lo sustraído no supere los 400€, la sanción se reduce a una multa de uno a tres meses.

La actuación ante estos hechos delictivos dependerá, por tanto, de la aplicación de esta ley.

Fuente: https://selectra.es/alarmas/info/consejos/evitar-robos-comercio

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